Responsabilidad Estricta y Subjetiva en el Derecho Civil

La responsabilidad estricta es aquella que se produce al infringir un deber de cuidado, al realizar actividades que generen un riesgo del cual se lucra. La responsabilidad subjetiva surge en la responsabilidad civil solo si existe imputabilidad en el sujeto, es decir, si se cometió la acción u omisión con dolo o culpa.

Fines de la Responsabilidad

El sistema objetivo o estricto genera responsabilidad por la creación de un riesgo, buscando fines preventivos para evitar daño y reparatorios para dejar a la víctima en el mismo estado en que se encontraba. Además, busca compensar y sancionar en caso de daño o culpa.

Requisitos Comunes

Los requisitos comunes para la responsabilidad civil son: daño, imputabilidad, nexo causal y hecho ilícito. En materia contractual, se agrega el incumplimiento como requisito adicional.

Concepción Tradicional vs. Contemporánea

En la concepción tradicional, el incumplimiento se define como el impacto que causa en el acreedor la conducta desplegada por el deudor. En la concepción contemporánea, se considera el incumplimiento al comparar el objeto ideal con el objeto real.

Remedios y Requisitos de Validez

Los remedios para el incumplimiento incluyen la resolución y la carta de envío en caso de pérdida de confianza. En materia contractual, se aplica el sistema subjetivo si las partes no dicen nada al respecto. Además, se deben cumplir requisitos de existencia y validez, respaldados en los artículos 1547 y 1558 del Código Civil.