El Sistema Político de la Restauración Borbónica (1874-1931)
El sistema político ideado por Cánovas se consolidó tras el pronunciamiento de Martínez Campos en Sagunto en 1874, que proclamó Rey de España a Alfonso XII. La Restauración se afianzó debido a que gran parte de la burguesía de los negocios y los grandes propietarios de tierras, fatigados por la experiencia revolucionaria del Sexenio Democrático, anhelaban estabilidad frente a las convulsiones sociales y políticas previas. Este régimen fue dirigido por el político conservador Antonio Cánovas del Castillo.
Etapas del Régimen de la Restauración
La Restauración abarca tres periodos principales:
- Reinado de Alfonso XII: 1875 a 1885.
- Regencia de María Cristina: 1885 a 1902.
- Reinado de Alfonso XIII: 1902 a 1931 (aunque la Constitución de 1876 fue suspendida en 1923 con la dictadura de Primo de Rivera).
La Constitución de 1876
El carácter liberal de la Constitución de 1876 fue fundamental para la longevidad del sistema diseñado por Cánovas, convirtiéndose en uno de sus pilares básicos.
Características Fundamentales de la Constitución de 1876
- Soberanía compartida entre el Rey y las Cortes.
- La Corona es la clave del sistema.
- La Corona ejerce una fuerza real y efectiva, actuando como fuerza moderadora y directora del juego político. Posee capacidad de vetar leyes y competencias legislativas junto con el Parlamento.
- El poder legislativo corresponde a las Cortes y al Rey. La Corona puede vetar leyes y disolver las Cámaras. El sistema es bicameral, compuesto por el Congreso y el Senado.
- El poder judicial es independiente.
El Bipartidismo Dinástico y el Fraude Electoral
El sistema se sustentó en el Bipartidismo, basado en la alternancia en el poder de dos grandes partidos dinásticos:
- Partido Conservador: Liderado por Cánovas, favoreció a los sectores más conservadores de la vida política y social.
- Partido Liberal: Liderado por Práxedes Mateo Sagasta, integró a la antigua izquierda liberal progresista.
Fuera de este sistema quedaban los llamados partidos antidinásticos: los Carlistas (extrema derecha, con Carlos VII), la oposición republicana, los nacionalismos, intelectuales, el anarquismo y el socialismo.
El Mecanismo del Turno y el Caciquismo
Los dos partidos del sistema se alternaban en el poder mediante un acuerdo previo. El Rey nombraba un nuevo presidente del Gobierno, quien inmediatamente convocaba elecciones para asegurar una mayoría parlamentaria afín. Este proceso era un fraude político diseñado para mantener apartadas del poder a las fuerzas externas al sistema canovista.
El mecanismo electoral se basaba en:
- El Rey nombraba un nuevo Jefe de Gobierno, quien tenía la potestad de disolver las Cortes.
- El nuevo gobierno convocaba elecciones amañadas, “fabricando” los resultados mediante el “encasillado”.
La clave de esta adulteración electoral residía en los “caciques”: personajes ricos e influyentes en la España rural (terratenientes, prestamistas, notarios). Siguiendo las directrices del Gobernador Civil de cada provincia, estos amañaban los resultados electorales acordados por las élites de los partidos. Para lograrlo, empleaban la violencia, amenazas, el intercambio de votos por favores, o simplemente trampas electorales (el pucherazo).
Las Desamortizaciones: Mendizábal y Madoz
Las desamortizaciones fueron procesos esenciales para iniciar un proceso capitalista y modernizador en España, implicando la venta en pública subasta de bienes inmuebles, especialmente tierras baldías y comunales, y bienes eclesiásticos.
Desamortización de Mendizábal (Regencia de María Cristina)
Las dos primeras columnas de la gráfica (no visible aquí) corresponden a la desamortización de Juan de Mendizábal durante la Regencia de María Cristina. Se denomina desamortización eclesiástica porque la mayoría de los bienes expropiados pertenecían a la Iglesia.
Objetivos de la Desamortización Eclesiástica:
- Obtener recursos para abastecer al ejército liberal.
- Disminuir el déficit de Hacienda y mejorar las finanzas reales.
- Formar una clase de propietarios defensores del liberalismo.
A pesar de que se puso en producción nueva tierra para el cultivo, el resultado fue negativo: al venderse los bienes en grandes lotes, solo empeoró la situación de los campesinos debido a los elevados alquileres impuestos por los nuevos dueños. Tampoco se logró pagar la deuda pública, y se abrió un conflicto con la Iglesia católica.
Desamortización de Pascual Madoz (General)
Las dos columnas de la derecha hacen referencia a la desamortización de Pascual Madoz, iniciada en el Bienio Progresista con Isabel II y continuada a lo largo del siglo XIX. En este caso, se afectaron bienes civiles (municipales).
Objetivos de la Desamortización de Madoz:
- Pagar la deuda pública.
- Recaudar fondos para la industrialización.
En 1855 y 1856 se recaudaron unos 500 millones de reales de vellón por la desamortización de bienes civiles, y 400 millones de los bienes eclesiásticos. No solo no se lograron todos los objetivos, sino que, como consecuencia, se arruinó a los ayuntamientos y se perjudicó a la población más pobre, que dependía de las tierras libres municipales como único medio de subsistencia. En general, el resultado de ambas desamortizaciones fue muy negativo para la población agraria del país.
La Constitución de 1869: El Experimento Democrático
Para comprender la Constitución de 1869, es necesario situarse tres años antes, cuando la crisis económica y política puso fin a la etapa de prosperidad y generó una gran inestabilidad. En 1868, una gran parte de la población se opuso al sistema isabelino. Ante la inacción del Partido Moderado respecto a los problemas del país, la Unión Liberal, el Partido Demócrata y el Partido Progresista se unieron para derrocar a Isabel II. El levantamiento militar resultante forzó el exilio de la reina.
El Gobierno Provisional y las Cortes Constituyentes
Tras la revolución, se instaló un Gobierno Provisional. Para legitimar el proceso, se convocaron elecciones a Cortes Constituyentes, en las que venció el Partido Progresista. Por ello, las Cortes se reunieron en febrero de 1869 para redactar una Constitución que fue aprobada con la abstención de carlistas y algunos republicanos.
La Constitución más Liberal de España
Esta carta magna se caracterizó por establecer un amplio régimen de derechos y libertades, siendo la más liberal promulgada hasta entonces.
Principios Constitucionales de 1869
- Forma de Estado: Monarquía parlamentaria. El poder de redactar leyes correspondía a las Cortes; el monarca no tenía derecho a veto, aunque podía interferir en las decisiones del ejecutivo y en la designación de ministros.
- Soberanía: Afirmación del principio básico de la soberanía nacional.
- División de Poderes: Clara división entre:
- Legislativo: Cortes bicamerales (Congreso y Senado).
- Ejecutivo: La Corona.
- Judicial: Tribunales de justicia, introduciendo la figura del jurado popular.
- Sufragio: Se establecía el sufragio universal masculino, directo para el Congreso e indirecto para el Senado (a través de compromisarios). Los candidatos al Senado debían pertenecer a una sociedad privilegiada.
- Derechos y Libertades: Es el apartado más amplio de todas las constituciones aprobadas hasta ese momento. Incluía derechos naturales individuales y todos los derechos colectivos, incluyendo derechos sociales. Se garantizaban la libertad de opinión e imprenta, la propiedad privada, la seguridad personal, la libertad de cultos, la inviolabilidad del domicilio y la correspondencia, y los derechos de reunión y asociación.
La Constitución de 1869 está considerada como la primera constitución democrática de España, ya que otorgaba un gran papel a las Cortes como máxima representación de la nación. Se anticipó varias décadas a otros países europeos en cuanto a logros políticos y sociales. Sin embargo, la inestabilidad política del Sexenio impidió que su vigencia fuera prolongada, aunque influyó notablemente en las Constituciones posteriores, como la de 1876 y la de 1931.