1. Teoría General de los Contratos
Un contrato es un acuerdo de voluntades que crea obligaciones. El principio rector es la autonomía de la voluntad, donde las partes se someten voluntariamente a lo pactado.
Conceptos fundamentales
- Convención: Acto jurídico bilateral destinado a crear, modificar o extinguir relaciones jurídicas.
- Contrato: Convención que crea obligaciones (Art. 1483).
Libertad contractual y sus límites
La libertad contractual permite elegir contraparte y determinar el contenido. Sus límites son:
- Ley y Orden Público: Normas inquebrantables que protegen derechos fundamentales.
- Buenas costumbres: Protección ante relaciones asimétricas (ej. consumidor).
- Buena fe contractual (Art. 1546): Obliga a actuar con lealtad y honestidad en todas las etapas.
2. Clasificación de los Contratos
- Unilateral: Solo una parte se obliga (ej. guardarropía).
- Bilateral: Ambas partes se obligan recíprocamente (ej. arriendo).
- Onerosos vs. Gratuitos: Según si ambas partes obtienen utilidad o solo una.
- Consensual, Real y Solemne: Según si requieren solo consentimiento, entrega de la cosa o formalidades legales.
Contratos por adhesión
Una parte fija el contenido y la otra acepta o rechaza. Debido a la asimetría, se aplican controles como la interpretación contra el predisponente (Art. 1566) y el control de cláusulas abusivas.
3. Interpretación e Integración
La finalidad es descubrir la intención común de las partes (Art. 1560), considerando el contexto, la conducta y la finalidad económica. La buena fe cumple funciones interpretativas, integradoras y correctoras.
4. Efecto Relativo de los Contratos
El contrato solo genera derechos y obligaciones para las partes firmantes. Excepciones incluyen la estipulación a favor de un tercero y la oponibilidad frente a terceros (ej. arriendo inscrito).
5. El Contrato de Promesa (Art. 1554)
Es un contrato preparatorio donde las partes se obligan a celebrar un contrato futuro. Requiere constar por escrito y un plazo o condición que fije la época de celebración.
6. La Compraventa (Art. 1793)
Contrato bilateral, oneroso, conmutativo y principal. Sus elementos esenciales son el consentimiento, la cosa y el precio.
Solemnidades
- Ordinarias: Escritura pública para bienes raíces.
- Especiales: Ventas forzadas o de bienes de incapaces.
Obligaciones del Vendedor
- Entrega de la cosa: Debe ser material y en la época estipulada.
- Saneamiento: Garantizar la posesión tranquila (evicción) y útil (vicios redhibitorios) de la cosa.
Obligaciones del Comprador
- Pagar el precio en dinero.
- Recibir la cosa vendida.
7. Saneamiento de la Evicción y Vicios Redhibitorios
Saneamiento de la Evicción
El vendedor debe defender al comprador en juicio si un tercero reclama derechos sobre la cosa. Si el comprador pierde, el vendedor debe indemnizar (restitución del precio, costas, frutos y mejoras).
Vicios Redhibitorios
Defectos ocultos que existían al momento de la venta y hacen que la cosa no sirva para su uso natural. El comprador puede optar por:
- Acción redhibitoria: Resolución del contrato.
- Acción cuanti minoris: Rebaja proporcional del precio.