Comentarios de Fuentes Primarias y Jurídicas del Siglo XIX
Comentario de Fuente Histórica: La Comisión Liberal ante María Cristina
“Fue nombrada una comisión”
El fragmento presentado es una fuente primaria de carácter histórico y político, ya que refleja un acontecimiento concreto relacionado con los movimientos liberales en España durante el siglo XIX. Se trata de un relato sobre la intervención de una comisión de militares liberales ante la reina María Cristina para defender la Constitución y los derechos políticos.
El texto tiene un contenido principalmente político, pues aborda la lucha entre absolutistas y liberales tras la muerte de Fernando VII, en un momento de conflictos sobre la soberanía y el cumplimiento de la Constitución. Se refleja la defensa de la libertad, entendida como el respeto a la ley, la autoridad constitucional y la publicación de la Constitución, frente a la opresión de los absolutistas que encarcelaban, desterraban o desarmaban a los liberales. También tiene un componente social, al mostrar la preocupación de los soldados y oficiales por los derechos de los ciudadanos y la protección de la autoridad legítima.
El contexto histórico del texto se sitúa tras la muerte de Fernando VII en 1833, durante la minoría de edad de Isabel II y la regencia de María Cristina, en un período marcado por la lucha entre liberales y absolutistas (conflictos conocidos como las Guerras Carlistas y las tensiones entre absolutismo y constitucionalismo). Los protagonistas defienden la Constitución de 1812 o sus versiones posteriores y los principios del liberalismo frente a la represión de los defensores del Antiguo Régimen.
La idea central del texto es la defensa de la libertad y los derechos constitucionales, mostrando cómo los liberales reclamaban que se respetasen las leyes y se limitase el poder absoluto del monarca o sus representantes, garantizando así la participación de la voluntad nacional en el gobierno del país. El fragmento refleja la tensión política de la época y la importancia de la Constitución como instrumento de libertad y justicia.
Comentario de Fuente Jurídica: La Constitución de 1837
“DOÑA ISABEL II, por la gracia de Dios…”
El documento presentado es una fuente primaria de tipo jurídico y político, ya que corresponde a un fragmento de la Constitución española de 1837, promulgada durante el reinado de Isabel II. En el texto se refleja la voluntad de la monarquía y de las Cortes de adaptar la legislación y los derechos históricos a las necesidades del Estado, regulando la organización del poder y la representación política en un momento de consolidación del liberalismo moderado en España.
El contenido es principalmente político, ya que regula la estructura y funcionamiento del poder legislativo. Se establece que la facultad de hacer leyes reside en el Rey junto con las Cortes (art. 12), que las Cortes se componen de dos cuerpos colegisladores con igualdad de facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados (art. 13), y que el número de senadores es ilimitado, siendo su nombramiento prerrogativa del Rey (art. 14). Por su parte, el Congreso de los Diputados se compondrá de representantes elegidos por las Juntas electorales según la población, con elección directa y posibilidad de reelección indefinida (arts. 20–21). Además, se detallan los requisitos para ser diputado, como ser español, mayor de 25 años, pertenecer al estado seglar, tener renta suficiente o pagar contribuciones, cumpliendo así criterios de capacidad económica y social (art. 22). Todo esto refleja un intento de garantizar la participación política de la ciudadanía, al mismo tiempo que se mantiene cierto control del monarca sobre la Cámara alta, característica del liberalismo moderado.
El texto también tiene un contenido social, ya que regula la representación proporcional de la población y la participación de quienes cumplen determinados requisitos, mostrando la intención de equilibrar el acceso al poder político con la defensa del orden y la estabilidad social.
El contexto histórico se sitúa durante la minoría de edad de Isabel II (1833–1843), con la Regencia de María Cristina, un periodo marcado por la lucha entre liberales moderados, progresistas y absolutistas, y por las Guerras Carlistas, enfrentamiento entre partidarios del absolutismo y defensores del constitucionalismo. La Constitución de 1837 surge como una adaptación de las experiencias liberales anteriores, como la Constitución de 1812 y el Estatuto Real de 1834, consolidando un Estado liberal moderado con participación representativa a través del Congreso, control del Senado por parte del Rey y regulación del poder legislativo conjunto.
En conclusión, la idea central del texto es la organización del poder legislativo en la monarquía constitucional, estableciendo la elección de diputados, el nombramiento de senadores y la distribución de facultades entre las Cortes y el Rey. Este fragmento refleja los principios del liberalismo moderado español del siglo XIX y muestra cómo la Constitución de 1837 intentaba garantizar la participación política dentro de un marco de estabilidad y control monárquico.
Comentario Crítico sobre el Sistema Electoral: “Lo mismo si el sufragio es universal…”
El documento es una fuente primaria de carácter político y crítico, ya que refleja la opinión de un autor contemporáneo sobre el sistema electoral en España durante el siglo XIX y denuncia de manera detallada las prácticas fraudulentas que lo caracterizaban. El texto describe cómo, independientemente de que el sufragio fuese universal o restringido, el control real de las elecciones residía en el Ministro de la Gobernación, quien, junto con los gobernadores de provincia y un amplio ejército de empleados públicos, organizaba y ejecutaba los comicios de manera que los resultados favorecieran siempre a los candidatos afines al gobierno.
El contenido del texto es político y social, pues expone la forma en que las instituciones supuestamente representativas, como el parlamento y el sistema electoral, eran utilizadas para anular la verdadera voluntad popular.
Se describen prácticas concretas de manipulación, como la inclusión de nombres falsos o de personas fallecidas en las listas de electores, así como el uso de agentes de policía disfrazados para “votar” en lugar de otros ciudadanos, mostrando un sistema donde la legalidad y la libertad del voto eran meramente aparentes. El autor incluso aporta ejemplos personales, señalando que su propio padre, fallecido años antes, aparecía en las listas y “depositaba” su voto a través de intermediarios disfrazados, lo que pone de manifiesto la absurda y burda manipulación de los comicios.
El contexto histórico del documento corresponde a la España del siglo XIX, en un periodo en el que existían parlamentos y leyes liberales que establecían principios de representación y sufragio, pero en la práctica el caciquismo y la corrupción electoral eran habituales. Los textos de denuncia como este reflejan las contradicciones entre los ideales liberales proclamados y la realidad política del momento, donde la autoridad central y los empleados públicos controlaban totalmente el proceso electoral, asegurando la elección de candidatos adictos al gobierno y excluyendo cualquier posibilidad de que la ciudadanía participara de forma real en la toma de decisiones políticas.
La idea central del texto es mostrar cómo el sistema electoral estaba completamente manipulado y controlado por el poder político, de manera que el sufragio, las elecciones y la representación parlamentaria eran instrumentos de quienes detentaban el poder, y no un reflejo de la voluntad popular. El autor denuncia con ironía y ejemplos concretos que, a pesar de existir leyes y constituciones liberales, la libertad política y la legitimidad del voto estaban prácticamente anuladas, evidenciando la profunda crisis de la democracia y del parlamentarismo en España durante esa época.
Comentario de Fuente Jurídica: La Constitución de Cádiz (1812)
“DON FERNANDO SÉPTIMO, por la gracia…”
El documento presentado es una fuente primaria de carácter jurídico y político, ya que se trata de un fragmento original de la Constitución Política de la Monarquía Española de 1812, conocida como la *Constitución de Cádiz* o “La Pepa”. Fue aprobada por las Cortes Generales y Extraordinarias reunidas en Cádiz durante la Guerra de la Independencia (1808–1814), mientras el rey Fernando VII permanecía prisionero de Napoleón en Francia.
El texto tiene un contenido principalmente político, pues establece las bases del nuevo régimen liberal. En los artículos citados se afirma que la soberanía reside en la Nación (artículo 3), es decir, en el conjunto de los ciudadanos y no en el rey, rompiendo con el principio absolutista del Antiguo Régimen. También se proclama que la Nación española es libre e independiente (artículo 2) y se define el gobierno como una monarquía moderada y hereditaria (artículo 14). Además, se establece la separación de poderes: el poder legislativo en las Cortes con el Rey (artículo 15), el poder ejecutivo en el Rey (artículo 16) y el poder judicial en los tribunales (artículo 17).
Desde el punto de vista social, el texto intenta integrar “a todos los españoles de ambos hemisferios”, es decir, tanto los de la península como los de las colonias americanas, reafirmando la unidad de la nación española. En el ámbito económico, aunque no se menciona directamente, la Constitución buscaba acabar con los privilegios y las estructuras feudales que obstaculizaban el desarrollo económico.
El contexto histórico del documento se sitúa a comienzos del siglo XIX, en plena Guerra de la Independencia española, cuando las tropas francesas ocupaban gran parte del territorio. Las Cortes de Cádiz, reunidas en una ciudad no ocupada, aprovecharon la ausencia del monarca para elaborar una constitución inspirada en las ideas de la Ilustración y de la Revolución Francesa, estableciendo un sistema liberal basado en la igualdad ante la ley y los derechos individuales. Sin embargo, cuando Fernando VII regresó al poder en 1814, abolió la Constitución y restauró el absolutismo.
En conclusión, la idea central del texto es la proclamación de los principios fundamentales del liberalismo político, como la soberanía nacional, la separación de poderes y la limitación del poder del rey dentro de una monarquía constitucional. La Constitución de 1812 representa el primer intento de implantar un Estado liberal y moderno en España, rompiendo con el Antiguo Régimen.
Resúmenes de Periodos Históricos Clave
El Sexenio Democrático (1868-1874)
El Sexenio Democrático fue un periodo de la historia de España que duró desde 1868 hasta 1874. Comenzó con la Revolución de Septiembre de 1868, conocida como *La Gloriosa*, que provocó el derrocamiento de Isabel II. Fue un levantamiento militar y popular dirigido por Prim, Serrano, Topete y Dulce, con el lema “¡Viva España con honra!”. Tras la victoria en la batalla del Puente de Alcolea, Isabel II se exilió en Francia.
Tras la revolución, se formaron Juntas Revolucionarias dominadas por progresistas y demócratas, pero el Gobierno Provisional de Serrano, con Prim y Sagasta, las disolvió para restablecer el orden. Este gobierno aprobó la libertad de prensa, de asociación y de culto, instauró el sufragio universal masculino y promovió reformas como la creación de la peseta y la desamortización minera. También convocó elecciones para redactar una nueva Constitución.
La Constitución de 1869 fue la primera democrática de España. Reconocía la soberanía nacional, la división de poderes, las libertades individuales y el sufragio universal masculino. Mantenía la monarquía constitucional, y tras la caída de Isabel II se eligió como rey a Amadeo I de Saboya, propuesto por Prim, que fue asesinado antes de su llegada. Durante su reinado (1871–1873) hubo gran inestabilidad política y social, la Tercera Guerra Carlista, la insurrección de Cuba y conflictos obreros influenciados por la Primera Internacional. Ante la falta de apoyo, Amadeo abdicó en 1873.
Tras su marcha se proclamó la Primera República (1873–1874), un régimen débil que contó con poco apoyo social. Se sucedieron varios presidentes (Figueras, Pi i Margall, Salmerón y Castelar) y Pi i Margall intentó crear una República Federal, pero estalló la revolución cantonalista, con ciudades como Cartagena proclamándose independientes. La situación llevó al golpe de Estado del general Pavía en 1874, que disolvió las Cortes.
El general Serrano instauró una república autoritaria, pero tampoco logró estabilidad. Finalmente, el 29 de diciembre de 1874, el general Martínez Campos proclamó rey a Alfonso XII en Sagunto, dando inicio a la Restauración borbónica.
En resumen, el Sexenio Democrático fue un intento de implantar en España una democracia moderna con libertades, sufragio universal y nuevos regímenes, pero las divisiones políticas, las guerras y la inestabilidad impidieron su éxito.
La Crisis del Antiguo Régimen en España
La crisis del Antiguo Régimen en España fue un proceso largo que se desarrolló entre finales del siglo XVIII y las primeras décadas del XIX. Comenzó durante el reinado de Carlos IV, cuando las tensiones internas, el Motín de Aranjuez (1808), la invasión napoleónica y el levantamiento del 2 de mayo marcaron el inicio de un conflicto entre absolutistas (defensores del antiguo sistema) y liberales (que querían cambios políticos y sociales).
Durante el reinado de Carlos IV, la influencia de Manuel Godoy y el impacto de la Revolución Francesa provocaron el fin de las reformas ilustradas. España firmó tratados con Francia, lo que facilitó la entrada de tropas napoleónicas. El Motín de Aranjuez obligó al rey a abdicar en su hijo Fernando VII, pero tras las Abdicaciones de Bayona, Napoleón Bonaparte impuso como rey a José I Bonaparte y otorgó la Constitución de Bayona, una carta otorgada que mantenía rasgos autoritarios. Esto dividió a la población entre afrancesados y patriotas, que se opusieron al nuevo monarca.
La Guerra de la Independencia (1808–1813) comenzó con el levantamiento popular del 2 de mayo y se extendió por toda España gracias a las Juntas Revolucionarias y la guerra de guerrillas, apoyada por la población civil y por el ejército británico. Esta guerra no solo fue contra Francia, sino también un momento clave para que los liberales impulsaran sus ideas. En este contexto surgieron las Cortes de Cádiz, que aprobaron decretos para acabar con el Antiguo Régimen:
- Abolición de la Inquisición.
- Fin de los señoríos jurisdiccionales.
- Libertad económica y fin de privilegios.
Además, en 1812 se promulgó la Constitución de Cádiz, la primera constitución liberal española. Proclamaba la soberanía nacional, la división de poderes, el sufragio universal masculino indirecto, la igualdad ante la ley y una monarquía parlamentaria. Aunque su aplicación fue limitada por la guerra y por la oposición absolutista, marcó el inicio del fin del Antiguo Régimen.
En 1814, tras la derrota de Napoleón, Fernando VII volvió al trono y restauró el absolutismo, anulando la Constitución de Cádiz. Se persiguió a los liberales y se restablecieron los privilegios señoriales y la Inquisición. El país estaba en crisis económica, social y política, y los liberales respondieron con pronunciamientos militares, como el de Rafael del Riego en 1820, que obligó al rey a restaurar la Constitución.
Durante el Trienio Liberal (1820–1823) se intentó aplicar el programa liberal, pero hubo fuerte oposición de la nobleza, la Iglesia y el propio rey, lo que dividió a los liberales entre moderados y exaltados. En 1823, la intervención de la Santa Alianza con “los Cien Mil Hijos de San Luis” restauró de nuevo el absolutismo, dando paso a la Década Ominosa (1823–1833).
En esta etapa final, el régimen absolutista se debilitó por la crisis económica, las tensiones políticas y la oposición tanto de liberales como de ultraconservadores. El conflicto sucesorio entre los seguidores de Carlos María Isidro de Borbón y de Isabel II terminó por desestabilizar el sistema absolutista, abriendo el camino a un nuevo régimen liberal.
El Sistema Político de la Restauración (1874-1931)
El sistema político de la Restauración fue creado por Antonio Cánovas del Castillo tras la llegada de Alfonso XII al trono en 1874. Su objetivo era garantizar la estabilidad política después del caos del Sexenio Democrático. Se basaba en la alternancia en el poder de dos partidos, el Conservador y el Liberal, que se turnaban mediante el *turno pacífico*. Este sistema aparentaba ser parlamentario, pero en realidad estaba manipulado mediante el caciquismo, que controlaba las elecciones y excluía a las clases populares.
La Constitución de 1876, síntesis entre la moderada de 1845 y la democrática de 1869, fue la más duradera del liberalismo español. Establecía la doble soberanía entre el Rey y las Cortes, reconocía derechos como la libertad de asociación y la tolerancia religiosa, aunque sin sufragio universal. El Rey, inviolable e irresponsable, tenía el poder ejecutivo y nombraba a los ministros. El Senado era mixto (electivo y de nombramiento real), y la administración local dependía de ayuntamientos y diputaciones.
El Partido Conservador, dirigido por Cánovas, representaba a la aristocracia y los grandes propietarios; el Partido Liberal, liderado por Sagasta, agrupaba a profesionales y funcionarios. Ambos se alternaban en el poder mediante el fraude electoral. El caciquismo se basaba en el control político local: los caciques influían en el voto rural, manipulando censos, comprando votos o falsificando actas. Así, aunque las elecciones parecían libres, los resultados eran decididos de antemano.
Durante el reinado de Alfonso XII (1875-1885), se consolidó este sistema y se redujo la influencia del ejército en la política. Se resolvieron conflictos como la Tercera Guerra Carlista (terminada en 1876) y la Guerra de Cuba, que finalizó con la Paz de Zanjón (1878). En 1881 se inició el turno de partidos con la llegada de Sagasta al gobierno.
Con la regencia de María Cristina (1885-1902), el Pacto del Pardo consolidó la alternancia pacífica entre los dos partidos. Sagasta impulsó reformas como la Ley de Asociación (1887) y el sufragio universal masculino (1890), aunque el caciquismo siguió impidiendo una verdadera democratización. A finales de siglo, el sistema mostraba signos de desgaste debido al atraso económico, el analfabetismo, la falta de reformas sociales y el descontento popular.
La oposición procedía de republicanos, carlistas y de los nacionalismos que surgieron en Cataluña y el País Vasco. En Cataluña destacó Valentí Almirall y la Unió Catalanista con las Bases de Manresa (1892); en el País Vasco, Sabino Arana fundó el PNV (1894) defendiendo el foralismo y la identidad vasca.
El sistema político de la Restauración se mantuvo formalmente estable hasta la Crisis del 98, cuando la derrota ante Estados Unidos y la pérdida de Cuba, Filipinas y Puerto Rico provocaron el desprestigio del régimen y el surgimiento del Regeneracionismo, liderado por Joaquín Costa, que pedía la “regeneración nacional” frente a la corrupción y el atraso del país.
Evolución del Constitucionalismo Español en el Siglo XIX
El constitucionalismo español se desarrolló a lo largo del siglo XIX como un proceso de construcción de un Estado liberal basado en la soberanía nacional, la división de poderes y el reconocimiento de derechos y libertades. Surgió con la Constitución de Cádiz de 1812, elaborada durante la Guerra de la Independencia. Esta fue la primera constitución liberal española y estableció principios fundamentales como la soberanía nacional, la igualdad ante la ley y la libertad de imprenta.
Tras la derrota de Napoleón, el retorno de Fernando VII en 1814 significó la abolición de la Constitución y la vuelta al absolutismo. Sin embargo, las ideas liberales siguieron vivas y reaparecieron con el Trienio Liberal (1820-1823), cuando se restauró la Constitución de 1812, aunque fue nuevamente suprimida con la intervención extranjera.
Durante el reinado de Isabel II (1833-1868), el constitucionalismo se consolidó, aunque con fuertes enfrentamientos entre moderados y progresistas, que se turnaban en el poder. Cada cambio político trajo una nueva constitución:
- La de 1837, más liberal.
- La de 1845, de carácter moderado, que fortalecía el poder del rey y limitaba los derechos del pueblo.
Tras la Revolución de 1868, conocida como *La Gloriosa*, se aprobó la Constitución de 1869, la más democrática del siglo XIX, que reconocía amplios derechos y el sufragio universal masculino. Sin embargo, su aplicación se vio interrumpida por la inestabilidad del Sexenio Democrático.
Con la llegada de la Restauración borbónica (1874), Cánovas del Castillo impulsó la Constitución de 1876, una síntesis entre la moderada de 1845 y la democrática de 1869. Fue la más duradera del liberalismo español y estableció un sistema político basado en la monarquía constitucional y la alternancia de dos partidos: el conservador y el liberal.
En resumen, el constitucionalismo español fue un proceso largo y conflictivo, marcado por la lucha entre el absolutismo y el liberalismo. A lo largo del siglo XIX, España pasó de un Estado absolutista a un régimen constitucional, aunque con muchas limitaciones y una participación política reducida a las élites.
Comentario de Texto: *España tal cual es*, de Valentí Almirall (1886)
El texto es un fragmento de la obra *España tal cual es*, escrita por Valentí Almirall y publicada en París en 1886. Se trata de una fuente primaria, porque fue escrita en la misma época que los hechos que describe. El texto es de tipo político y periodístico, ya que el autor critica duramente el sistema electoral español durante la Restauración. Su contenido es político y social, ya que habla de cómo el gobierno manipulaba las elecciones para mantener el poder.
El autor, Valentí Almirall, fue un político y periodista catalán de ideología republicana y federalista, considerado uno de los primeros impulsores del catalanismo político. A través de este texto, Almirall denuncia la falta de democracia real en España y la corrupción del sistema electoral, que se falseaba para asegurar el triunfo del candidato que quería el gobierno.
El texto se publicó en París porque en España existía censura y críticas como esta podían traer problemas políticos. En él, Almirall llega a contar ejemplos exagerados y críticos, como el hecho de que incluso personas muertas aparecían votando en las elecciones. Con estas ironías quiere mostrar lo poco creíble y manipulador que era el sistema político.
El contexto histórico del texto es la Restauración borbónica (1874-1931), concretamente durante el reinado de Alfonso XII y la Regencia de María Cristina de Habsburgo. En esta etapa, Cánovas del Castillo creó un sistema político que buscaba estabilidad tras los años del Sexenio Democrático. Para ello estableció el llamado *turno de partidos*, en el que los dos grandes partidos, el Conservador y el Liberal Fusionista, se iban alternando en el poder. Este sistema parecía democrático, pero en realidad se basaba en el caciquismo y en el fraude electoral, ya que los resultados de las elecciones estaban decididos de antemano por el ministro de la Gobernación.
El sufragio universal masculino se aprobó en 1890, pero aun así las elecciones siguieron siendo manipuladas mediante el *pucherazo* y el *encasillado*. Los caciques locales controlaban el voto en los pueblos y las zonas rurales, donde la población dependía económicamente de ellos. De este modo, los gobiernos se aseguraban los resultados y el sistema se mantenía estable, aunque no fuera realmente democrático.
La idea principal del texto es denunciar la corrupción electoral y la falta de una auténtica representación política en España. Almirall critica que las elecciones eran una “farsa”, ya que todo estaba organizado desde el poder para favorecer al partido que el gobierno quería. Su denuncia refleja el malestar de muchos intelectuales de la época con un sistema que parecía liberal, pero que en realidad era cerrado y dominado por las élites.
En conclusión, el texto de Valentí Almirall muestra la gran hipocresía del sistema político de la Restauración, donde las elecciones eran falsas y la participación popular, una simple apariencia. Con su crítica, el autor pone de manifiesto la necesidad de una verdadera democracia en España y anticipa las ideas regeneracionistas que aparecerían después del Desastre del 98.