Introducción a la Seguridad Social
La Seguridad Social (SS) tiene como finalidad garantizar a los trabajadores, y a los familiares o asimilados que tengan a su cargo, la protección adecuada en las situaciones en las que lo necesiten, como en los casos de enfermedad, accidente, jubilación, desempleo, orfandad, maternidad, etc.
Principios Rectores de la Seguridad Social
- Contributividad: Proporcionalidad entre lo percibido y lo aportado.
- Universalidad: Extensión de la acción protectora a todos los ciudadanos.
- Solidaridad intergeneracional: Con las cotizaciones de los trabajadores actuales se contribuye a financiar las pensiones.
- Equidad e igualdad de derechos: Con independencia del momento y del lugar de residencia del asegurado.
- Suficiencia: Garantía y perfeccionamiento de los niveles de bienestar mediante prestaciones adecuadas.
- Unidad de caja: El Estado es el único titular de todos los recursos, obligaciones y prestaciones de la Seguridad Social.
Modalidades de la Seguridad Social
Modalidad Contributiva
Integra a los trabajadores, y a sus familias, que residan y ejerzan su actividad en el territorio nacional y estén incluidos en alguno de los apartados siguientes:
- Trabajadores por cuenta ajena.
- Trabajadores autónomos (por cuenta propia).
- Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.
- Funcionarios públicos, civiles y militares.
- Estudiantes.
- Españoles no residentes en el territorio nacional, en determinadas situaciones.
- Extranjeros con permiso de residencia y de trabajo en España.
Modalidad No Contributiva
Dirigida a todos los españoles residentes en el territorio nacional que no estén incluidos dentro de la modalidad contributiva por no haber cotizado, o haberlo hecho insuficientemente, para conseguir las prestaciones. Esta modalidad comprende prestaciones de asistencia sanitaria, incapacidad permanente y jubilación.
Regímenes del Sistema de la Seguridad Social
El sistema se estructura en el Régimen General, que abarca a la mayoría de los trabajadores por cuenta ajena, y los Regímenes Especiales, que incluyen actividades que, por su naturaleza, por las peculiares condiciones de tiempo y lugar en que se realizan, o por la índole de sus procesos productivos, lo precisen para la adecuada aplicación de los beneficios de la S.S.
Régimen General
Incluye a todos los trabajadores españoles o extranjeros que trabajan habitualmente en el territorio nacional, por cuenta ajena, y que no estén incluidos en algún régimen especial.
Regímenes Especiales
- Régimen Especial del Mar.
- Régimen Especial de la Minería del Carbón.
- Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Régimen de Funcionarios Públicos, civiles y militares.
- Régimen de Estudiantes (seguro escolar).
- Otros grupos que determine el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Entidades Gestoras de la Seguridad Social
Las competencias en materia normativa y de control de la S.S. están atribuidas al Ministerio de Sanidad y al Ministerio de Empleo y Seguridad Social. La gestión de la S.S. se realiza mediante las entidades gestoras, servicios comunes y organismos autónomos adscritos, así como a través de entidades colaboradoras.
Principales Entidades Gestoras
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
Gestión y administración de las prestaciones económicas de nivel contributivo y el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria.
Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA)
Administración de las prestaciones sanitarias de la Seguridad Social en el ámbito de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO)
Gestiona las pensiones de invalidez y de jubilación, en sus modalidades no contributivas, así como los servicios complementarios del sistema de la S.S. y los planes, programas y servicios de ámbito estatal para personas mayores y en situación de dependencia, sin perjuicio de la gestión transferida a las comunidades autónomas.
Instituto Social de la Marina (ISM)
Gestión y administración de las prestaciones del sector marítimo y pesquero.
Servicios Comunes de la Seguridad Social
Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
A su cargo la custodia de todos los recursos y, como caja única del sistema de la S.S., lleva la gestión recaudatoria de los mismos y el pago de las obligaciones de la S.S.
Gerencia de Informática de la Seguridad Social
Tiene como misión la informatización del sistema de la Seguridad Social.
Entidades Colaboradoras
Las empresas y las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales colaboran en la gestión de la S.S.
Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social
Son asociaciones voluntarias de empresarios que se agrupan para gestionar una serie de servicios relacionados con los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y contingencias comunes. El ámbito de la colaboración de las mutuas se extiende a la cobertura de prestaciones por incapacidad temporal. No pueden dar lugar a que sus asociados perciban beneficios económicos.
Colaboración de las Empresas
Las empresas colaboran en la gestión de alguna de las siguientes formas:
Obligatoriamente
Abonando prestaciones que posteriormente les reintegra la S.S., en caso de prestaciones de incapacidad temporal y protección a la familia y desempleo.
Voluntariamente
Algunas empresas aseguran directamente a su personal por asistencia sanitaria, además de gestionar las prestaciones económicas derivadas en caso de incapacidad temporal. Las empresas deben cumplir determinados requisitos, como tener cierto número de trabajadores fijos y en alta en el Régimen General de la Seguridad Social (RGSS), y poseer instalaciones sanitarias propias adecuadas para la asistencia sanitaria.
Organismos Autónomos Adscritos
En ciertos casos, la gestión de la S.S. es atribuida a determinados organismos autónomos con personalidad jurídica y recursos propios, pero dependientes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
Su función es declarar el reconocimiento, suspensión, reanudación y extinción del derecho a las prestaciones por desempleo, así como la gestión y el control de las mismas.
Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST)
Tiene carácter administrativo y consiste en asesorar y controlar las acciones dirigidas a disminuir los riesgos laborales, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Obligaciones del Empresario con la Seguridad Social
Las principales obligaciones del empresario son:
- Inscripción de la empresa.
- Afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores.
- Cotización a la Seguridad Social.
Inscripción de la Empresa
La inscripción de la empresa es única para todo el Estado español y válida durante toda la existencia de la empresa. El empresario solicitará un código de cuenta de cotización en cada una de las provincias donde ejerza actividad, que se vinculará al código principal. La solicitud de inscripción se realiza en el modelo TA.6. El empresario, persona física o jurídica, pública o privada, debe solicitar su propia inscripción. Es un requisito previo e indispensable para iniciar las actividades. Debe realizarse en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de la provincia en la que radica el domicilio del empresario, o en la que esté situado el centro de trabajo; también puede efectuarse en las administraciones o agencias de la S.S. de la provincia.
Aspectos Clave de la Inscripción
- ¿Quién debe inscribirse? Toda persona física o jurídica, pública o privada, que contrate trabajadores.
- ¿Cuándo? Antes del inicio de la actividad.
- ¿Dónde? En la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Documentos que debe aportar:
- Solicitud de inscripción en el sistema de la Seguridad Social (Impreso TA.6).
- Póliza de accidentes de trabajo.
- Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Número de Identificación Fiscal (NIF).
- Alta de los trabajadores.