Introducción
El fragmento examinado corresponde al preámbulo de la Ley de Desamortización Eclesiástica, redactado por Juan Álvarez Mendizábal y publicado en 1836. Se clasifica como un documento histórico de triple carácter: político, jurídico y económico.
El autor es individual (Mendizábal), y el destinatario principal fue la regente María Cristina de Borbón (viuda de Fernando VII), quien ejercía la regencia hasta la mayoría de edad de su hija, Isabel II.
Estructura y Contenido del Documento
El preámbulo de la ley se estructura en tres partes principales, definidas por el tipo de argumentos que sustentan la medida desamortizadora:
Carácter Fiscal
Se establece que los fondos recaudados mediante la desamortización se destinarán a sanear la Deuda Nacional existente, buscando la estabilidad financiera del país.
Carácter Económico
Se presenta el liberalismo económico como la solución a la crisis española. El objetivo es la transición del sistema feudal a una sociedad capitalista, movilizando la riqueza inactiva.
Carácter Político
Se busca ampliar la base de apoyo al liberalismo. Al convertir a los compradores de bienes desamortizados en propietarios, estos se vincularían directamente al régimen liberal, asegurando su permanencia.
Conceptos Clave
- Deuda Nacional
 - El conjunto total de obligaciones financieras del Estado. Debido al alto endeudamiento, el Estado recurría constantemente a préstamos. Se distingue entre deuda a largo plazo (el Estado se reserva el momento de devolución) y a corto plazo (fecha predeterminada). Generalmente, la deuda consolidada tenía un alto interés.
 - Riqueza Muerta
 - Término utilizado para describir las tierras y bienes vinculados a instituciones (principalmente monasterios o municipios) que estaban fuera del mercado. Estos bienes no tributaban, ni podían ser vendidos, mejorados o capitalizados. Para promover la Reforma Agraria Liberal, era imprescindible que esta riqueza pasara a manos privadas. Se utilizó especialmente para definir la propiedad eclesiástica.
 - Isabel II
 - Reina de España (1833-1868). Su reinado marcó la transición de la monarquía absoluta a un Estado parlamentario y burgués, poniendo fin al sistema económico, social y político del Antiguo Régimen. Su ascenso al trono desencadenó la Primera Guerra Carlista, que enfrentó a absolutistas (carlistas) y liberales (isabelinos).
 
Contexto Histórico: La Regencia de María Cristina (1833-1840)
La promulgación de la Desamortización de Mendizábal se enmarca en la Primera Guerra Carlista y la Regencia de María Cristina. Este periodo (1833-1840) se divide en varias fases:
1. Transición y el Estatuto Real (1833-1836)
Inicialmente, se intentó una transición política del absolutismo al liberalismo mediante reformas muy tímidas que evitaban modificar el poder absoluto del monarca. Para sostener el régimen isabelino frente al carlismo, se nombró jefe de Gobierno a Martínez de la Rosa, quien redactó el Estatuto Real de 1834, un texto que introdujo los primeros elementos liberales.
La necesidad de asegurar la victoria frente al carlismo y el apoyo a la Corona llevó a la ampliación del régimen liberal, provocando la división interna de los liberales en dos facciones: moderados y progresistas.
2. El Gobierno Progresista de Mendizábal (1835-1836)
La Regente nombró a Mendizábal jefe de Gobierno. Su administración tomó decisiones cruciales para desmantelar el Antiguo Régimen, a la vez que aceptaba las peticiones de las juntas que lo habían llevado al poder. Su medida más significativa fue el inicio de la Ley de Desamortización Eclesiástica de 1836.
Las reformas progresistas generaron un nuevo conflicto con los moderados y la Regente, quienes eran partidarios de mantener el Estatuto. En mayo de 1836, María Cristina forzó la dimisión de Mendizábal y nombró a Istúriz, líder de los moderados.
3. El Pronunciamiento de La Granja y la Constitución de 1837
El intento de retorno al moderantismo provocó una serie de levantamientos y pronunciamientos populares que exigían el restablecimiento de la Constitución de 1812. El más relevante fue el de la Guardia Real de La Granja, que obligó a la Regente a jurar la Constitución. Istúriz fue destituido y se nombró a Calatrava como jefe de Gobierno y, por consiguiente, a Mendizábal como Ministro de Hacienda.
El nuevo gobierno progresista emprendió reformas profundas para liquidar las instituciones del Antiguo Régimen, implantando un régimen liberal. Para esto, empleó tres medidas básicas:
Organización del Estado Liberal y Económico
Incluyó la disolución del régimen señorial, la desvinculación y la desamortización, contemplando la implantación del liberalismo económico en España.
Reorganización Militar
Supuso la reorganización del Estado y el nombramiento de Espartero como mando supremo del ejército.
Elaboración Constitucional
Redacción de un nuevo texto constitucional (la Constitución de 1837) que buscaba servir de consenso entre moderados y progresistas.
4. Fin de la Regencia (1837-1840)
La Constitución de 1837 provocó la caída del gobierno de Calatrava, y las nuevas elecciones dieron la victoria a los moderados, quienes se hicieron con el poder hasta 1840. Con el fin de la guerra carlista en 1839 y el aumento de la influencia de Espartero, nació un enfrentamiento entre moderados (vinculados con María Cristina y las Cortes) y progresistas (vinculados con Espartero y el ejército).
El conflicto se intensificó con el intento de reformar la Ley de Ayuntamientos. De este modo, surgió un nuevo movimiento juntero popular con reivindicaciones progresistas que Espartero apoyaba. Por este motivo, la regente María Cristina abandonó el país hacia el exilio.
La Reforma Agraria Liberal en España tenía como objetivo implantar el desarrollo del capitalismo en el campo, por lo que la legislación iba dirigida a liberalizar el mercado de la tierra y el trabajo. Para ello, se llevaron a cabo diversas medidas, entre las que destaca la desamortización de las tierras de la Iglesia y, posteriormente, de los Ayuntamientos.