Turnismo y Constitución de 1876: crítica satírica y características del sistema canovista en la Restauración

Viñeta satírica

1. Ámbito geográfico, cronología y explicación de los personajes/fenómenos (1,5 puntos)

Nos encontramos ante una caricatura satírica publicada en España en 1897, durante la etapa de la Restauración borbónica (1874-1931). Por tanto, el ámbito geográfico es España y la cronología se sitúa a finales del siglo XIX, en pleno funcionamiento del sistema político de la Restauración.

En la imagen aparecen Antonio Cánovas del Castillo y Práxedes Mateo Sagasta, líderes respectivamente del Partido Conservador y del Partido Liberal, junto a una mujer que simboliza a España.

Las viñetas muestran cómo ambos políticos se alternan cocinando un «caldo gordo», metáfora del poder político, mientras España trabaja sin descanso y aparece cada vez más debilitada.

La imagen constituye una crítica al turnismo político, ya que denuncia que conservadores y liberales se repartían el poder de forma pactada, beneficiando a las élites políticas mientras la población quedaba al margen de la verdadera participación política.

2. Funcionamiento del sistema canovista (1,5 puntos)

El sistema canovista se implantó tras el fin de la Primera República en 1874 y fue diseñado por Cánovas del Castillo para garantizar la estabilidad política mediante una monarquía parlamentaria basada en la Constitución de 1876.

Su funcionamiento se apoyaba en el turno pacífico de partidos: el Partido Conservador y el Partido Liberal se alternaban en el gobierno. Cuando el partido gobernante se desgastaba, el rey retiraba su confianza y nombraba al líder de la oposición como nuevo presidente, convocándose después elecciones que ya estaban previamente preparadas para que las ganara.

Para asegurar este resultado se utilizaban mecanismos de manipulación electoral como:

  • El encasillado (reparto previo de escaños).
  • El pucherazo (fraude electoral).
  • El caciquismo, mediante el cual los caciques locales controlaban el voto de la población.

Tras la muerte de Alfonso XII, durante la regencia de María Cristina de Habsburgo-Lorena, el sistema se mantuvo gracias al Pacto de El Pardo, que aseguró la alternancia entre ambos partidos.

Aunque aportó estabilidad política, el sistema era poco democrático, ya que las elecciones estaban manipuladas y la población apenas tenía participación real, lo que provocó su progresivo desprestigio y crisis a finales del siglo XIX.

Fragmento de la Constitución de 1876

1. Naturaleza del texto, destinatario, ámbito geográfico, cronología e ideas principales (1,5 puntos)

Nos encontramos ante un texto jurídico-político de carácter normativo, concretamente un fragmento de la Constitución española de 1876, por lo que se trata de una fuente histórica primaria que establece las bases legales del sistema político de la Restauración.

El destinatario es toda la nación española, es decir, los ciudadanos y las instituciones del Estado, como indica la fórmula oficial propia del siglo XIX.

El ámbito geográfico es todo el territorio español, ya que la Constitución establece la aplicación de unas mismas leyes para toda la monarquía (art. 75). La cronología corresponde al 30 de junio de 1876, durante el reinado de Alfonso XII, en el contexto de la Restauración borbónica iniciada tras el pronunciamiento de 1874. La Constitución fue elaborada bajo la dirección política de Antonio Cánovas del Castillo, con el objetivo de aportar estabilidad política tras el Sexenio Democrático.

Ideas principales

  • Estado confesional (art. 11): la religión católica es la oficial; otras religiones solo se permiten en el ámbito privado.
  • Derechos individuales (art. 13): se reconocen libertades como expresión, reunión y asociación, aunque limitadas por leyes posteriores.
  • Soberanía compartida (art. 18): el poder legislativo corresponde conjuntamente al Rey y a las Cortes.
  • Cortes bicamerales (arts. 19-20): formadas por Congreso y Senado, este último parcialmente designado por la Corona y las élites.
  • Poder ejecutivo del Rey (art. 50): el monarca ejecuta las leyes y tiene amplias atribuciones.
  • Unidad legislativa (art. 75): un único sistema jurídico para todos los españoles.

2. Características fundamentales de la Constitución de 1876 (1,5 puntos)

La Constitución de 1876 fue la base jurídica del régimen de la Restauración y se caracterizó por su carácter moderado y conservador, buscando estabilidad política tras la inestabilidad anterior. Sus características principales fueron:

  • Soberanía compartida entre Rey y Cortes, lo que reforzaba el papel político de la Corona.
  • Amplios poderes del monarca, que nombraba gobiernos, sancionaba leyes, podía disolver las Cortes y dirigía el poder ejecutivo.
  • Sistema bicameral, con un Congreso electivo y un Senado mixto que representaba a las élites sociales y políticas.
  • Declaración de derechos amplia pero limitada, ya que las libertades dependían de leyes ordinarias que podían restringirlas.
  • Confesionalidad católica del Estado, manteniendo la estrecha relación entre Iglesia y Estado.
  • Flexibilidad electoral, al no fijar un sistema concreto, permitiendo tanto sufragio censitario como sufragio universal masculino desde 1890.

En conjunto, fue una constitución muy duradera (1876-1931) que permitió el funcionamiento del sistema del turnismo político y aportó estabilidad institucional, aunque en la práctica estuvo condicionada por el caciquismo y la manipulación electoral.