La Guerra de la Independencia Española (1808-1814): La Fase Final y sus Consecuencias
Tercera Fase: Debilitamiento Francés y Triunfo Español (1812-1814)
La fase final de la Guerra de la Independencia estuvo marcada por el debilitamiento de las fuerzas francesas y el avance definitivo de las tropas aliadas. En Europa, Francia iniciaba su desastrosa campaña contra Rusia, lo que obligó a Napoleón a retirar efectivos franceses de España, con importantes consecuencias para el desarrollo del conflicto peninsular.
Los rusos emplearon la táctica de la “tierra quemada”, evitando batallas en campo abierto y retirándose hacia Moscú, destruyendo todo recurso que pudiera beneficiar a los franceses. Esta estrategia provocó la muerte de numerosos soldados napoleónicos y la derrota de Napoleón.
En España, en julio de 1813, el ejército anglo-portugués, bajo el mando de Wellington, obtuvo victorias cruciales en Badajoz, Ciudad Rodrigo, Burgos y, especialmente, en la Batalla de Los Arapiles. Ante el avance aliado, José I escapó a Valencia y sus tropas se replegaron hacia el norte. En 1813, las fuerzas francesas se retiraron al País Vasco, siendo finalmente derrotadas en la Batalla de San Marcial, lo que les obligó a abandonar definitivamente España. El mariscal Suchet permaneció en Valencia hasta su retirada a Francia en 1814, marcando el fin de la invasión francesa.
Reconociendo la derrota, Napoleón permitió el regreso de Fernando VII a España y, en 1813, firmó el Tratado de Valençay, que ponía fin a la guerra y reconocía a Fernando VII como rey legítimo.
Consecuencias de la Guerra de la Independencia
La Guerra de la Independencia dejó un saldo extremadamente negativo para España, que quedó relegada a una potencia de segundo orden. El conflicto provocó una grave sangría demográfica y profundizó las divisiones ideológicas entre los españoles.
Divisiones Ideológicas en España
- Los Afrancesados: Apoyaron al rey José I y colaboraron con la administración francesa. Representaban aproximadamente el 20% de la población y esperaban que las reformas sociales y económicas impulsadas por los franceses modernizaran el país. Al finalizar la guerra, muchos se exiliaron a Francia o Gran Bretaña por temor a represalias.
- Los Patriotas: Defendían la vuelta de Fernando VII. Constituían el 80% de la población y se unieron contra el enemigo común, Francia, aunque con objetivos internos muy diversos:
- Nobleza y Clero: Buscaban la vuelta al Absolutismo.
- Ilustrados: Aspiraban a un Despotismo Ilustrado.
- Liberales y Burgueses: Promovían la implantación de una Monarquía Liberal Parlamentaria, basada en la Soberanía Nacional y la División de Poderes, recogidos en una constitución.
Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812
El Camino hacia las Cortes Constituyentes
Las Juntas de Armamento y Defensa Provinciales, surgidas espontáneamente ante el vacío de poder, se unificaron en una Junta Central Suprema y Gubernativa del Reino. Su objetivo era asumir el poder en nombre del rey legítimo, Fernando VII, y dictar las decisiones necesarias para la defensa del país.
La Junta Central se reunió por primera vez en Aranjuez y su sede fue cambiando hasta establecerse definitivamente en Cádiz en 1810. Jovellanos, una figura clave de la Ilustración española, propuso la elaboración de una nueva constitución en el seno de la Junta, aunque su propuesta fue inicialmente rechazada debido al inicio de la guerra.
A pesar de las reticencias iniciales, absolutistas, ilustrados y liberales promovieron la convocatoria a Cortes Constituyentes en 1809, cada grupo con sus propios objetivos. Jovellanos presidió la Comisión de Cortes, encargada de preparar la asamblea definitiva. Se acordó que las Cortes se convocarían en toda España y se reunirían en Cádiz.
En 1810, se aprobó el decreto con las Normas Electorales. Los miembros de la Junta Central juzgaron que el poder político debía pasar a las Cortes. La Junta se disolvió, y una Regencia asumió el poder ejecutivo hasta que las Cortes pudieran funcionar plenamente. La Junta, sin embargo, mantuvo el poder militar.
La Sesión Inaugural de las Cortes de Cádiz
Se inició la campaña electoral, y las elecciones tuvieron lugar en el verano de 1810. El 24 de septiembre de 1810, se celebró la sesión inaugural de apertura de las Cortes en San Fernando (Isla de León). Poco después, por temor a un ataque francés, se trasladaron a la capital gaditana, donde se reunirían en la iglesia de San Felipe Neri. Fue en este lugar donde se elaboró la Constitución de 1812.
Según las normas electorales, las Cortes debían contar con 300 diputados. Las ideologías predominantes entre ellos eran los absolutistas, los ilustrados y los liberales. En cuanto a la composición por clases sociales, destacaban: 90 eclesiásticos, 56 abogados, 49 funcionarios, 30 militares, 14 nobles, además de catedráticos y comerciantes.
Desde la sesión de apertura, la iniciativa fue tomada por los liberales. Diego Muñoz Torrero propuso la aprobación del primer decreto, que restablecía la soberanía de las Cortes como representantes de la voluntad nacional y reconocía a Fernando VII como rey legítimo, anulando su renuncia al trono. Se estableció que las Cortes tendrían el poder legislativo, los tribunales independientes el judicial, y la Regencia el ejecutivo. Con esto, se reconocía la Soberanía Nacional, la División de Poderes y se establecía un sistema de Cortes unicamerales.
La labor de las Cortes se centró en dos fases: el cambio del régimen político (1810-1812) y la reforma socioeconómica (1812-1814). Se creó una Comisión Constitucional, presidida por Diego Muñoz Torrero, con la participación de diputados que representaban a absolutistas, liberales e ilustrados. El proceso de elaboración fue largo y difícil debido a la variedad de ideologías, pero se logró un acuerdo en 1811.
Finalmente, el 19 de marzo de 1812, día de San José, y coincidiendo con la conmemoración de los cuatro años del reinado de Fernando VII, la Constitución fue aprobada y promulgada, siendo popularmente conocida como “La Pepa”.
Características de la Constitución de 1812
La Constitución de 1812, promulgada en Cádiz el 19 de marzo, es un documento fundamental en la historia de España. Sus principales características son:
- Estructura y Contenido: Está estructurada en 10 títulos y 384 artículos. Se inicia con un preámbulo que explica la necesidad de su elaboración (modernizar la estructura política y social de España), realizada en nombre del rey legítimo y con una invocación a Dios.
- Acuerdo Político y Religioso: Su promulgación fue posible gracias a un acuerdo entre absolutistas y liberales en dos aspectos clave:
- Ámbito Político: Se acordó la implantación de una Monarquía Liberal Moderada, reconociendo a Fernando VII y sus herederos como reyes legítimos.
- Ámbito Religioso: Los liberales aceptaron la confesionalidad del Estado (católico como religión oficial) en lugar de la libertad religiosa.
- Concepto de Nación Española: Destaca el Título I, Capítulo 1, que establece: “La Nación española es la reunión de los españoles de ambos hemisferios”. Esto incluía a las colonias americanas, haciendo alusión a la pretensión de mantener la unidad española y reconociendo a los habitantes de las colonias como españoles de pleno derecho y en igualdad.
- Soberanía Nacional: Recoge el principio de Soberanía Nacional, que reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a esta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.
- Derechos y Deberes: Reconoce una serie de derechos y deberes fundamentales para los ciudadanos, como la igualdad ante la ley y el derecho a la libertad.
- División de Poderes: Establece una clara División de Poderes:
- Poder Legislativo: Recae en las Cortes unicamerales, cuyos miembros son representantes del pueblo, elegidos por los ciudadanos de la Nación. Las Cortes elaboraban leyes, aprobaban los presupuestos generales del Estado y firmaban acuerdos y tratados. Una parte de los diputados era elegida por sufragio universal masculino indirecto, y otra parte a través de las instituciones del Estado.
- Poder Ejecutivo: En manos del Rey y el Gobierno. El Rey podía sancionar y vetar leyes (el veto duraba dos años), y participaba en la elaboración de leyes junto a las Cortes.
- Poder Judicial: Recae en los Tribunales de Justicia independientes, cuyos miembros debían superar unas oposiciones.
- Otras Innovaciones: La Constitución de 1812 introdujo otras importantes innovaciones, como la creación de la Milicia Nacional (cuerpo de ciudadanos armados para defender el orden constitucional), la educación primaria obligatoria y gratuita, y una reforma integral de los impuestos y la Hacienda Pública.
Esta Constitución fue objeto de mucho debate y cuestionamiento, siendo acusada por algunos de ser una mera copia de otras constituciones europeas. Sin embargo, sus defensores argumentan que, si bien tomó inspiración de modelos previos, su adaptación a la realidad española y sus innovaciones la convierten en un documento fundamental y original para la historia de España.