Al-Ándalus: Conquista, Emirato y Califato de Córdoba
La conquista musulmana comenzó en el año 711, cuando el rey Rodrigo fue derrotado en la batalla de Guadalete por las tropas de Tarik. En el 712, desembarcaron más tropas y se extendieron por toda la Península, excepto por los pueblos del norte. La conquista duró cinco años. Los musulmanes firmaron «capitulaciones» con nobles visigodos dispuestos a pagar para mantener sus propiedades. Todo este avance se frenó por los astures en la batalla de Covadonga (722) y por los francos en Poitiers (732).
El Emirato Dependiente (714-756)
Al-Ándalus fue primero un emirato, es decir, una provincia del Califato Omeya de Damasco, establecido en el 661. Los dominadores, una minoría, estaban consolidados por árabes, sirios y bereberes.
El Emirato Independiente (756-929)
A partir del año 750, los Abasíes sustituyeron a los Omeyas en el gobierno del Imperio Árabe. Su príncipe, Abderramán I, proclamó la independencia del emirato en Córdoba, estableciendo así el Emirato Omeya independiente. En la segunda mitad del siglo IX se produjo una aguda crisis política y social debido a una sublevación general de muladíes, judíos, mozárabes y bereberes contra la minoría árabe.
El Califato de Córdoba (929-1030)
Abderramán III logró acabar con todas las revueltas y reunificar Al-Ándalus, además de proclamarse califa, inaugurando así el Califato de Córdoba. Almanzor ganó la admiración y el respeto del ejército con sus campañas (aceifas), cuya intención no era conquistar, sino saquear. A su muerte, el Califato de Córdoba se derrumbó.
Al-Ándalus: Reinos de Taifas y Reino Nazarí de Granada
La crisis del Califato provocó la constitución de numerosos reinos independientes, los reinos de taifas.
Primeros Reinos de Taifas (1030-1086)
Las primeras taifas se desarrollaron entre 1030 y 1086. La mayoría de estas taifas fueron gobernadas por andalusíes (árabes y muladíes), aunque también fueron controladas por bereberes y eslavos. Estos reinos mostraron una gran debilidad política y militar, lo que favoreció la expansión hacia el sur de los reinos cristianos y el establecimiento de tributos, conocidos como parias.
Intervenciones Almorávide y Almohade
La conquista de Toledo por Alfonso VI de Castilla provocó que los musulmanes solicitaran la ayuda de los almorávides, un pueblo norteafricano con capital en Marrakech y una visión del Islam muy estricta. La debilidad de las taifas permitió a los almorávides hacerse con el control de Al-Ándalus, sobre todo tras derrotar a Alfonso VI de Castilla en la batalla de Zalaca. No obstante, el dominio almorávide fue breve debido al empuje de otra dinastía bereber, los almohades. Estos reunificaron Al-Ándalus tras derrotar a los cristianos en la batalla de Alarcos (1195). Más tarde, un ejército de los reinos cristianos los derrotó en la batalla de las Navas de Tolosa en 1212 y, por tercera vez, Al-Ándalus se dividió en taifas.
El Reino Nazarí de Granada
De estos reinos, el más importante fue el Reino Nazarí de Granada, creado por Muhammad ibn Nasr. Políticamente era muy débil, manteniéndose como vasallo de Castilla y pagando tributos a los cristianos. En el siglo XV se inició un periodo de debilidad, facilitando así, en 1492, la conquista por parte de los Reyes Católicos. Fue el final de Al-Ándalus.
Los Reinos Cristianos en la Edad Media: Política, Sociedad y Feudalismo
En la Edad Media, el rey era la figura fundamental del gobierno y su poder estaba limitado por la autonomía de los señoríos y los privilegios de la nobleza y el clero. En torno a él se articuló la Curia Regia. A partir del siglo XIII surgieron instituciones como los Parlamentos o las Cortes. La principal función de las Cortes era discutir y votar las peticiones económicas que realizaba el rey. Las primeras Cortes se celebraron en el reino de León en 1188. Los poderes de las Cortes de Castilla eran muy limitados.
Régimen Señorial y Feudalismo
El feudalismo se implantó hacia el siglo XI por la necesidad de protección del territorio, lo que llevó a los nobles a prescindir de la autoridad de los reyes y a convertir su cargo en hereditario. A finales del siglo XIII, los nobles y el clero ejercían derechos jurisdiccionales, mientras que los campesinos se encontraban sometidos a la jurisdicción señorial.
Sociedad Estamental
Por otra parte, encontramos una sociedad medieval articulada alrededor de tres estamentos:
- Los privilegiados: clero y nobleza.
- El estado llano: campesinos y burguesía.
Organización Política de las Coronas de Castilla y Aragón, y el Reino de Navarra (Final de la Edad Media)
La Corona de Castilla
En la Corona de Castilla, el rey gozaba de extensos poderes, aunque estos estaban limitados por las Cortes. La unión definitiva de Castilla y León en 1230, bajo Fernando III, consolidó la Corona de Castilla. En cuanto a la política, la Curia Regia destacaba dentro del Palatium o Corte. Se conformaba, a su vez, de la Real Hacienda, que se consolidó en una burocracia eficiente, y de un ejército real. En cuanto a la justicia, corría a cargo de los nobles y de los agentes del monarca; de esta manera, se nombró al tribunal superior la Audiencia. El Ordenamiento de Alcalá (1348) fue fundamental, ya que racionalizó y ordenó jerárquicamente las leyes del reino. Las Cortes, en el siglo XII, se consolidaron como ampliación de la Curia Regia. El Honrado Concejo de la Mesta, nacido en el siglo XIII, defendía los intereses económicos de la ganadería trashumante, incluyendo los de la Iglesia y las Órdenes Militares. Por último, el Concejo era la institución más representativa en el ámbito local.
La Corona de Aragón
La Corona de Aragón se puede considerar una confederación de estados donde cada uno conservaba sus propias leyes, costumbres y Cortes. El monarca ejercía su autoridad a través de la figura del virrey. En cuanto a la política, se basaba en el pactismo. Las Cortes poseían más poder que las castellanas, ya que tenían función legislativa. Se apoyaba en la Diputación del General o Generalitat y en el Justicia Mayor. El papel de los delegados del rey se fue debilitando.
El Reino de Navarra
Los reyes navarros debían respetar los fueros y colaborar con las Cortes; además, su poder estaba fuertemente limitado por el poder de los señores feudales. Las Cortes de Navarra tenían cierta capacidad legislativa, representando los intereses del territorio frente al rey.