Contexto Histórico: La Estructura de la Propiedad de la Tierra
La estructura de la propiedad de la tierra es un factor fundamental para comprender la situación de la agricultura española en el siglo XIX. En la Edad Media se formaron grandes patrimonios territoriales consolidados gracias a su conversión en manos muertas. Así, desde las Leyes de Toro, y gracias a la propiedad vinculada o amortizada, los grandes dominios territoriales permanecieron inalterados.
Un objetivo de la política económica desde el siglo XVIII fue la reforma de la propiedad de la tierra, con expedientes notables como el Tratado de la Regalía de Amortización de Campomanes y el Informe sobre la Ley Agraria de Jovellanos. Entre las medidas propuestas, la más importante por su calado fue la que proponía la modificación de la estructura de la propiedad, manifestando que las tierras vinculadas a señoríos, mayorazgos o en manos de la Iglesia debían ser objeto de compraventa.
Pero no se adoptó ninguna decisión al respecto, y la propiedad agraria quedó inalterada. Solo se hicieron repartos de las tierras que pertenecían a los concejos y estaban sin cultivar. Sin embargo, estas tierras acabaron en manos de las oligarquías locales. El establecimiento de una economía capitalista era incompatible con los privilegios y la amortización. Así pues, la desamortización fue promovida por los gobiernos liberales durante el siglo XIX.
La Desamortización en el Siglo XIX: Objetivos y Mecanismos
Mecanismos de Expropiación
Estas desamortizaciones se produjeron de dos formas:
- Tierras de la Iglesia y Ayuntamientos: Fueron expropiadas, subastadas y adquiridas por nuevos propietarios.
- Tierras de la Nobleza: Fueron transformadas en propiedades privadas sin cambiar de manos, mediante la Ley del Régimen Señorial.
Los Objetivos de la Reforma Liberal
Las desamortizaciones se llevaron a cabo con tres objetivos principales:
- Modernización de la estructura de la propiedad: Convertirla en un bien enajenable sometido a las leyes del mercado capitalista.
- Obtención de ingresos coyunturales: Sanear las arcas de la Hacienda pública.
- Propiciar la Revolución Industrial (Objetivo Estructural): Según el modelo inglés, la propiedad privada de la tierra llevaría a su explotación con fines de máxima rentabilidad y beneficio, lo que daría lugar a los excedentes necesarios para la industrialización. A su vez, el reparto de tierras entre pequeños propietarios llevaría a estos a aumentar su poder adquisitivo, convirtiéndose así en los consumidores necesarios de los bienes industriales.
Consecuencias y Resultados de la Desamortización
Cumplimiento de los Objetivos
Los objetivos planteados se cumplieron solo de forma parcial o relativa:
- Objetivo Coyuntural (Ingresos): Se cumplió relativamente. Los ingresos por las desamortizaciones lograron sanear las arcas de la Hacienda pública, pero sus problemas estructurales continuaron debido a la ausencia de medidas que modificaran la política fiscal española.
- Objetivo Estructural (Modernización Agraria): Se cumplió de forma relativa. Las estructuras anticuadas, la falta de iniciativa de los propietarios (debido a su mentalidad tradicional rentista) y la competencia exterior impidieron una eficaz transformación de la explotación agraria española.
- Objetivo Social (Pequeños Propietarios): No se cumplió en absoluto. Al no subdividirse los lotes subastados en la mayoría de los casos, los labradores de medianos recursos no pudieron adquirir las grandes extensiones desamortizadas.
Impacto en la Estructura de la Propiedad
En consecuencia, la doble desamortización eclesiástica y civil contribuyó al proceso de concentración de la tierra en pocas manos. Las tierras quedaron en manos de la nobleza tradicional y de nuevos propietarios pertenecientes a la burguesía adinerada.
A pesar de esto, algunas de estas tierras (como bosques, zonas de pastos, barbechos o yermos) que habían permanecido sin cultivar, comenzaron a ser sembradas. De este modo, la superficie cultivada aumentó, principalmente la de cereales, lo que permitió que, a pesar del crecimiento de la población, el abastecimiento de trigo, esencial para la alimentación de las clases más humildes, pudiera garantizarse casi siempre con la producción nacional, e incluso generar excedentes para la exportación.
Secuencia Histórica del Proceso Desamortizador
La secuencia histórica de este proceso desamortizador es la siguiente:
- Reforma de Olavide (1768): Se produce la llamada Reforma de Olavide, con la que el Estado vendió tierras de su propiedad (parte de ellas obtenidas tras la confiscación de los bienes de los jesuitas, expulsados de España). Estas ventas se hacían con la condición de que la posesión de las tierras nunca pudiera volver a manos muertas.
- Desamortización de Godoy (1800-1803): La primera desamortización del siglo XIX fue realizada en el reinado de Carlos IV por Godoy y el ministro Cayetano Soler. Se desamortizaron bienes de la Compañía de Jesús, hospitales, hospicios, Casas de Misericordia y Colegios Mayores universitarios, e incluía bienes no explotados de particulares.
- Desamortización de José I (1808-1813): José I realizó una pequeña desamortización para gastos de guerra de las tropas, que fue devuelta en 1814.
- Decreto de las Cortes de Cádiz (1813): El decreto de incautación de bienes fue un intento desamortizador dirigido hacia los bienes de “traidores”, la Inquisición, las Órdenes militares y los conventos suprimidos. Este germen desamortizador quedó truncado con la restauración absolutista que supuso el regreso de Fernando VII en 1814.
- Trienio Liberal (1820-1823): Se llevaron a cabo otras desamortizaciones tan poco ambiciosas como la anterior e igualmente deshechas tras la caída del régimen liberal.
- Desamortización de Mendizábal (1836): Respondió a la urgente necesidad del bando cristiano de hacer frente a los gastos de la I Guerra Carlista. Se centró en los bienes del clero regular (parcialmente en desuso). Previamente, se suprimió la Mesta, eliminando el predominio de los ganaderos sobre los agricultores.
- Consecuencias: La división de lotes se encomendó a comisiones municipales, que manipularon el proceso configurando grandes lotes inasequibles para los pequeños propietarios. Las tierras fueron compradas por nobles y burgueses adinerados. Así, no pudo crearse una verdadera clase media en España. El liberalismo ganó la adhesión de los ricos propietarios y el odio de los campesinos.
- Desamortización de Espartero (1841): El 2 de septiembre, el recién nombrado regente, el progresista Espartero, impuso la amortización de bienes del clero secular, excepto unos pocos. Esta ley duró escasamente tres años y fue derogada al hundirse el partido progresista.
- Desamortización de Madoz (1855): Durante el segundo gobierno de Espartero, su ministro de Hacienda, Pascual Madoz, realizó una nueva desamortización que fue ejecutada con mayor control que la de Mendizábal. Se declaraban en venta todas las propiedades del Estado, del clero, de las Órdenes Militares, cofradías, obras pías, santuarios, del ex-infante D. Carlos, de los propios y los comunes de los pueblos, de la beneficencia y de la instrucción pública (con algunas excepciones). Igualmente, se permitía la desamortización de los censos pertenecientes a estas organizaciones.
Conclusión: El Legado de las Desamortizaciones
Las desamortizaciones tuvieron importantes consecuencias culturales y sociales negativas:
- Pérdida Patrimonial: Muchos conventos e iglesias de valor artístico fueron abandonados o destruidos, y ahora han desaparecido o, en el mejor de los casos, son una ruina.
- Dispersión Cultural: Muchos libros y bibliotecas conventuales se dispersaron, aunque gran parte de sus fondos fueron a parar a las bibliotecas públicas de la época.
- Impacto Social en el Clero: Centenares de miembros del bajo clero incrementaron la mendicidad en España.
Además, no solo no se consiguió la creación de una clase de pequeños y medianos propietarios, sino que las condiciones de vida de muchos pequeños campesinos y asalariados agrícolas empeoraron con la revisión al alza de las rentas y el endurecimiento de las condiciones de los contratos, como la obligatoriedad de pagar la renta en metálico y no en especie.