La Inviolabilidad del Domicilio: Un Derecho Fundamental
La inviolabilidad del domicilio es un derecho fundamental recogido en el artículo 18.2 de la Constitución Española (CE). Este principio establece que el domicilio es inviolable, aunque no constituye una prohibición absoluta. El acceso a un domicilio solo podrá realizarse con la autorización de su titular o mediante una resolución judicial, salvo en situaciones de flagrante delito o en casos de estado de necesidad, urgencia o auxilio.
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