Función Constitutiva de la Relación Laboral
Esta función está regulada por el Derecho del Trabajo. El ordenamiento laboral resulta aplicable incluso a relaciones surgidas de contratos de trabajo totalmente nulos.
Según el artículo 9.2 del ET: «En caso de que el contrato resultase nulo, el trabajador podrá exigir por el trabajo que ya hubiese prestado, la remuneración consiguiente a un contrato válido».
Existen otras normas laborales, como las de seguridad e higiene en el trabajo, y normas Sigue leyendo