Instituciones Clave en la Historia de España: De la Mesta a las Leyes de Indias

El Honrado Concejo de la Mesta

El Honrado Concejo de la Mesta de Pastores fue creado en 1273 por Alfonso X el Sabio, reuniendo a todos los pastores de León y de Castilla en una asociación nacional y otorgándoles importantes prerrogativas y privilegios, tales como:

  • Exención del servicio militar.
  • Exención de testificar en los juicios.
  • Derechos de paso y pastoreo.

Con anterioridad, los ganaderos ya se reunían en asambleas o consejos llamados mestas en diversas localidades, dos o tres veces al año, con el fin de tratar los negocios concernientes a sus ganados o gobierno económico, y para distinguir y separar los animales que se hubiesen mezclado.

Durante la Edad Media y con el paso del tiempo, se añadieron nuevos privilegios reales a la Mesta, como pasó a ser conocida, junto con una fiscalización especial para protegerla de los agricultores, lo que provocó largos e incontables pleitos hasta el año 1836, año en que fue abolida. La Mesta es considerada una de las agrupaciones corporativas o gremios más importantes de Europa de la Edad Media y el primer gremio ganadero, aunque existieron corporaciones locales de ganaderos anteriores en Aragón.

Los Fueros: El Derecho Local en la Edad Media

Los fueros locales, fueros municipales o simplemente fueros, eran los estatutos jurídicos aplicables en una determinada localidad. Su finalidad era, en general, regular la vida local, estableciendo un conjunto de normas, derechos y privilegios, otorgados por el rey, el señor de la tierra o el propio concejo; es decir, las leyes propias de un lugar. Fue un sistema de derecho local utilizado en la Península Ibérica a partir de la Edad Media y constituyó la fuente más importante del Derecho altomedieval español.

El Compromiso de Caspe y la Dinastía Trastámara

El Compromiso de Caspe fue un pacto establecido en 1412 por representantes de los reinos de Aragón y Valencia y del principado de Cataluña para elegir un nuevo rey ante la muerte en 1410 de Martín I de Aragón sin descendencia y sin nombrar un sucesor aceptado. Supuso la entronización de Fernando de Antequera y, con él, de un miembro perteneciente a la dinastía Trastámara en la Corona de Aragón.

La Formación del Estado Moderno: Los Reyes Católicos

La Unificación Territorial y Religiosa

Con los Reyes Católicos se inicia el proceso hacia la unidad de España y la configuración de un Estado moderno, haciendo retroceder el poder de la alta nobleza. La unidad territorial se logró gracias a varios hitos fundamentales:

  • El enlace matrimonial entre Isabel I (heredera al trono de Castilla) y Fernando II (heredero al trono de Aragón).
  • La conquista del reino nazarí de Granada en 1492.
  • La anexión de Navarra al reino de Castilla en 1512.

El matrimonio entre Isabel y Fernando significó una unión dinástica, no una fusión política, ya que cada reino siguió conservando sus características propias (instituciones, leyes, fueros, costumbres y tradiciones). Para conseguir la unidad religiosa y reinar así sobre súbditos ideológicamente homogéneos, se tomaron varias medidas drásticas:

  • Se creó la Inquisición.
  • Se expulsó a los judíos y, posteriormente, a los musulmanes.
  • Se culminó la conquista del reino musulmán de Granada.

Junto a estas medidas, la selección de los obispos y la reforma del clero convirtieron a la Iglesia en una fiel aliada de la monarquía.

La Inquisición Española

Fue una institución fundada en 1478 por los Reyes Católicos para mantener la ortodoxia católica en sus reinos. La Inquisición española tiene precedentes en instituciones similares existentes en Europa desde el siglo XII, especialmente en la fundada en Francia en el año 1184. La Inquisición española estaba bajo el control directo de la monarquía. No se abolió definitivamente hasta 1834, durante el reinado de Isabel II, aunque su abolición fue aprobada en las Cortes de Cádiz en 1812 por mayoría absoluta. La Inquisición, como tribunal eclesiástico, solo tenía competencia sobre cristianos bautizados. Durante la mayor parte de su historia, sin embargo, al no existir libertad de culto ni en España ni en sus territorios dependientes, su jurisdicción se extendió a la práctica totalidad de los súbditos del rey de España.

Las Leyes de Indias: Legislación para el Nuevo Mundo

Las Leyes de Indias son la legislación promulgada por los monarcas españoles para regular la vida social, política y económica entre los pobladores de la parte americana de la Monarquía Hispánica. No mucho después de la llegada de los primeros conquistadores a América, la Corona española mandó que se observasen las llamadas Leyes de Burgos (1512), que surgieron por la preocupación de la Corona por el constante maltrato a los indígenas, de acuerdo con los informes de los padres dominicos.

El obispo dominico Bartolomé de las Casas levantó un debate en torno al maltrato a los indígenas con el sistema de las encomiendas, por lo que el emperador Carlos V convocó a una junta de juristas a fin de resolver la controversia. De esta junta surgieron las llamadas Leyes Nuevas, en 1542, que ponían a los indígenas bajo la protección de la Corona. Después de muchas controversias jurídicas, durante el reinado de Carlos II de España, se publicó en 1680 una obra conocida como Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias. Esta recopilación constituyó un compendio de las distintas normas legales vigentes, como las Leyes de Burgos, las Leyes Nuevas y las Ordenanzas de Alfaro, y fue promulgada mediante real cédula el 18 de mayo de 1680.