Factores Determinantes para la Localización Empresarial
La elección de la ubicación de una empresa es crucial y debe considerar los siguientes aspectos:
- La Demanda del Mercado: Evaluación del interés hacia el producto en la ubicación deseada, incluyendo la posible respuesta del consumidor y la competencia existente.
- Aprovisionamiento de Materias Primas: Valoración de las cualidades de las materias primas y sus costes asociados.
- Comunicación y Transporte: Fácil acceso y buenas comunicaciones, esenciales tanto para clientes como para proveedores.
- Suministro: Disponibilidad de servicios básicos (electricidad, agua y teléfono) y sus costes operativos.
- Costes de Construcción y Solar: El precio del terreno y la edificación varía significativamente según la zona geográfica.
- Legislación: Conocimiento de la normativa legal y sus restricciones, incluyendo aspectos fiscales, mercantiles, sociales y la disponibilidad de ayudas públicas.
- Inversión y Financiación: Ubicación que facilite el acceso a instituciones financieras y ofrezca opciones para nuevas inversiones.
- Desarrollo Económico de la Región: Valoración del desarrollo económico de la región, ya que es un buen síntoma para prever el futuro del negocio.
Elementos Estructurales para la Declaración de un Impuesto
Todo impuesto se compone de los siguientes elementos:
- Hecho Imponible: El motivo o supuesto que provoca la obligación tributaria.
- Base Imponible: La cantidad sobre la cual se aplica el tipo impositivo.
- Base Liquidable: Resultado de restar a la base imponible las deducciones que la ley permita.
- Tipo Impositivo: El porcentaje que se aplica a la base liquidable.
- Cuota Tributaria: Base liquidable multiplicada por el tipo impositivo. Es la cantidad a ingresar si no hay bonificaciones ni recargos.
- Deuda Tributaria: Lo que hay que ingresar, resultado de restar las bonificaciones y sumar los recargos a la cuota tributaria.
- Contribuyente: Persona física o jurídica que soporta la carga económica del impuesto.
- Sujeto Pasivo: Sujeto sobre el que recae la obligación legal de cumplir con el impuesto.
Fundamentos del Derecho Fiscal
A. Concepto de Tributos
Los tributos son ingresos percibidos por el Sector Público.
- Tasas: Tributos por los cuales se beneficia el que lo paga (uso privativo de bienes públicos o prestación de servicios).
- Contribuciones Especiales: Ingreso en un ente público por parte de un particular, cuyo beneficio será para la colectividad (ej. obras públicas).
- Impuestos: Ingresos en las administraciones públicas sin contraprestación directa para el contribuyente.
B. Clasificación de Impuestos
Impuestos Directos
Aquellos que gravan la capacidad económica en función de la renta o el patrimonio.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Tributo de carácter personal que grava la renta total obtenida por el contribuyente. Se divide en:
- Rendimientos del trabajo (por cuenta ajena).
- Rendimientos del capital inmobiliario.
- Rendimientos del capital mobiliario.
- Rendimientos de actividades económicas (por cuenta propia).
- Ganancias y pérdidas patrimoniales.
La declaración se puede hacer individual o conjunta con el cónyuge. El contribuyente por rendimiento de actividades económicas puede optar, al determinar la cuantía de los diferentes componentes de la base imponible, por:
- Régimen de Estimación Directa: Debe calcular el beneficio real de su actividad y llevar la contabilidad correspondiente.
- Régimen de Estimación Objetiva (Módulos): Se fija una cantidad que se debe tributar con independencia de los gastos e ingresos obtenidos. Si se opta por esto, no es obligatorio llevar libros de contabilidad.
Impuesto sobre Sociedades (IS)
Grava las rentas de las sociedades que tengan beneficios positivos. El tipo impositivo es: para las PYMES el 25% hasta los 90.151,82€ y el resto el 30%, al igual que las demás empresas.
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Impuesto municipal (recaudado por el Ayuntamiento). Recae sobre artistas y algunos empresarios individuales. Se utiliza para fomentar la aparición de más PYMES.
Impuestos Indirectos
Aquellos que están en función del consumo o la circulación de la riqueza.
Impuestos Especiales
Gravan el consumo de productos considerados nocivos para la sociedad, como el tabaco, el alcohol y los hidrocarburos.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Impuesto de recaudación europea que grava las siguientes operaciones:
- Entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuados por empresarios y profesionales.
- Adquisiciones intracomunitarias de bienes.
- Importaciones de bienes.
La aplicación del IVA es peninsular y de las Islas Baleares. Operaciones exentas de IVA incluyen: sanidad, educación y contratación de seguros. Para los empresarios, el IVA no les supone ni gastos ni ingresos, ya que actúan como intermediarios de Hacienda. Sin embargo, para el consumidor final sí supone un coste, ya que no puede deducirlo. Trimestralmente, la empresa debe liquidar cuentas con Hacienda, quedando a devolver o a ingresar.
Tipos Impositivos del IVA
Los tipos impositivos aplicables son:
- Tipo Súper Reducido (4%): Aplicable a artículos de primera necesidad (pan, leche, quesos, huevos, verduras, frutas, hortalizas y tubérculos naturales, que no hayan sido modificados de ninguna forma). También se aplica a libros, periódicos y revistas no publicitarias; medicamentos de uso humano; sillas de ruedas para minusválidos y prótesis, y Viviendas de Protección Oficial (VPO).
- Tipo Reducido (8%): Aplicable a alimentos no incluidos en el IVA súper reducido, transporte de viajeros, servicios de hostelería, entradas a espectáculos, servicios funerarios, peluquerías, dentistas, edificios, viviendas y complementos para el diagnóstico o alivio de enfermedades.
- Tipo General (18%): Es el tipo impositivo general y se aplica a la mayoría de los productos y servicios (ropa, calzado, mobiliario, electrodomésticos, bricolaje, tabaco, bebidas alcohólicas, etc.).
Conceptos Clave del IVA
- IVA Soportado: Cantidad de IVA que la empresa, como compradora, ha pagado.
- IVA Repercutido: Cantidad de IVA que la empresa, como vendedora, ha aplicado y, por lo tanto, ha ingresado.