Impuesto de Primera Categoría: Conceptos Fundamentales
- Impuesto de Primera Categoría con tasa de 20%.
- Los socios tributan con Impuesto Global Complementario (tasa progresiva de 0% a 40%) solo cuando retiran utilidades.
- El impuesto pagado por la empresa opera como crédito.
- Todo lo anterior se registra en el Fondo de Utilidades Tributables (FUT).
Principales Modificaciones Tributarias
- Aumento de la tasa de impuesto de Primera Categoría.
-
Régimen General de Tributación:
- Sistema integrado de tributación en base atribuida.
- Sistema semi-integrado de tributación en base percibida.
- Régimen de Renta Presunta.
- Ampliación del régimen simplificado (14 ter).
Renta Atribuida
¿Cómo se realiza la atribución de renta?
- En la forma en que los socios o accionistas hayan acordado repartir sus utilidades, siempre que el acuerdo conste en el contrato social o los estatutos.
- En la proporción en que se haya suscrito y pagado el capital de la sociedad. Si no se enteró, en la forma en que se haya suscrito.
¿Cuándo y cómo optar por el régimen?
- A contar de junio de este año.
- Si nada se dice, las empresas (que no sean Sociedades Anónimas o Sociedades por Acciones) formadas exclusivamente por personas naturales con domicilio o residencia en Chile, por defecto, entran al régimen atribuido.
- Las sociedades de personas y Sociedades por Acciones (SpA) deben presentar acuerdo unánime de socios o accionistas en el que informen al Servicio de Impuestos Internos (SII) su opción.
- Caso especial SpA: Si un socio quiere vender una acción a una persona que los “saque” del régimen (por ejemplo, a una persona jurídica), debe tener acuerdo de los demás accionistas.
Beneficios del Régimen 14 ter
- Tributación simplificada.
- Exención de Impuesto de Primera Categoría.
- Tasa reducida de Pagos Provisionales Mensuales (PPM).
- Menores obligaciones tributarias y contables.
POwer CM
Principios Contables Fundamentales
- Equidad
- Entidad contable
- Empresa en marcha
- Bienes económicos
- Moneda
- Período de tiempo
- Devengado
- Realización
- Costo Histórico
- Objetividad
Sistema de Corrección Monetaria
Mecanismo integral y permanente que tiene por objeto corregir o depurar los estados financieros de los efectos o distorsiones que la inflación produce en ellos.
Su fin es corregir los efectos inflacionarios, aplicándose al término de cada ejercicio para resolver los problemas que afectan la situación económico-financiera y los resultados de las empresas.
Etapas de la Corrección Monetaria (CM)
- Determinación del Capital Propio Inicial.
- Determinación de las variaciones de capital (aumentos – disminuciones).
- Determinación de los Activos No Monetarios.
- Determinación de los Pasivos No Monetarios.
Activos y Pasivos Monetarios y No Monetarios
Son partidas monetarias aquellas que tienden a perder valor real como consecuencia del proceso inflacionario. Tal es el caso de los saldos en caja y en cuenta corriente de los bancos; de los créditos y deudas, en moneda nacional, no reajustables; de los dividendos por pagar, etc.
Activos Monetarios:
- Dinero en caja.
- Saldos cuentas corrientes bancarias.
- Cuentas por cobrar a clientes (no reajustables).
Pasivos Monetarios:
- Deudas no reajustables.
- Proveedores.
- Acreedores.
- Otros créditos no reajustables.
Las partidas no monetarias son aquellas que tienden a mantener su valor real durante un proceso inflacionario. Ejemplo: el activo fijo tangible e intangible; los créditos y deudas pactadas en moneda extranjera o de acuerdo a alguna otra cláusula de reajuste; las inversiones; las existencias, el patrimonio, etc.
Características de la Corrección Monetaria (CM)
- El ajuste es permanente y obligatorio.
- La corrección monetaria es integral.
- La corrección monetaria implica una modificación del resultado neto.
- Se aplican diferentes mecanismos de actualización.
Factores e Indicadores de Corrección Monetaria (CM)
- Índice de Precios al Consumidor (IPC).
- Costo de Reposición.
- Variación en el Tipo de Cambio de Monedas Extranjeras.
- Reajustes Pactados.
El Índice de Precios al Consumidor (IPC): Definición y Función
El IPC indica la inflación mensual medida a través de la variación de precios de una serie de productos que componen una canasta familiar. Se utiliza para corregir monetariamente las cuentas del activo fijo, de otros activos, del patrimonio y de las cuentas de resultado.
Reajustes Pactados
Surgen como resultado de negociaciones y acuerdos entre deudores y acreedores respecto de préstamos, créditos o negociaciones diversas de compras y de ventas.
Elementos de Ajuste en la Corrección Monetaria
- Variación del Índice de Precios al Consumidor.
- Variación del Tipo de Cambio de la Moneda Extranjera.
- Costo de Reposición de los Bienes del Activo Realizable.
- Reajuste pactado por las partes: UF, etc.
- Valor de la moneda al cierre del Ejercicio.
Concepto de Renta según el DL 824
Todo ingreso que constituya utilidades o beneficios que rinda una cosa o actividad y todos los beneficios, utilidades e incrementos de patrimonio que se perciban, devenguen o atribuyan, cualquiera que sea su naturaleza, origen o denominación.
Definiciones de Renta Específicas:
Renta Devengada:
Aquélla sobre la cual se tiene un título o derecho, independientemente de su actual exigibilidad y que constituye un crédito para su titular.
Renta Atribuida:
Aquélla que, para efectos tributarios, corresponda total o parcialmente a los contribuyentes de los impuestos global complementario o adicional, al término del año comercial respectivo, atendido su carácter de propietario, comunero, socio o accionista de una empresa sujeta al impuesto de primera categoría conforme a las disposiciones de las letras A) y C) del artículo 14 y además otras normas legales.
Renta Percibida:
Aquélla que ha ingresado materialmente al patrimonio de una persona. Debe asimismo, entenderse que una renta devengada se percibe desde que la obligación se cumple por algún modo de extinguir distinto al pago.
Renta Mínima Presunta:
La cantidad que no es susceptible de deducción alguna por parte del contribuyente.
Renta Imponible:
Renta sobre la cual se calcula el monto que debe pagarse por concepto de impuestos y/o leyes sociales, como previsión y salud.
Renta Líquida:
Aquélla que se determina deduciendo de la renta bruta todos los gastos necesarios para producirla.
Renta Líquida Imponible:
Es la renta líquida a la que se le efectúan agregados o disminuciones ordenados por la ley, cuyo resultado es la base para la aplicación de los impuestos correspondientes.