El Contrato de Trabajo
Es un acuerdo en el que el trabajador se compromete a prestar servicios por cuenta ajena, y el empresario, a cambio, recibe una retribución.
Definición de Empresario
Persona jurídica, mayor de 18 años, menor de edad emancipado, menor de edad representado legalmente o comunidad de bienes.
Definición de Trabajador
Mayor de 18 años, menor de 18 años emancipado, mayores de 16 o menores de 18 años con permiso de los padres, o menores de 16 años en espectáculos públicos con autorización.
Contenido Mínimo del Contrato de Trabajo
Se necesita un contenido mínimo que incluya:
- Denominación y categoría del puesto de trabajo.
- Lugar del trabajo.
- Tiempo de trabajo.
- Duración del contrato.
- Retribución del salario base.
- Vacaciones.
- Plazo de preaviso que las dos partes tienen que respetar en caso de la rescisión del contrato.
- Legislación aplicable.
- También se pueden añadir cláusulas que no vayan en contra de la ley.
- Por último, la identificación de las dos partes, fecha y lugar del contrato y la firma de las dos partes.
El Periodo de Prueba
Es el tiempo determinado que pueden pactar el trabajador y el empresario para que ambos comprueben la conveniencia de la contratación. Se efectúa por escrito. Su duración será la que fije el convenio colectivo. Los periodos de prueba serán:
- Para los titulados: un máximo de 6 meses.
- Para los demás trabajadores: dos meses.
- Para contratos en prácticas: dos meses para los titulados en grado superior y un mes para titulados en grado medio.
Durante el periodo de prueba, el trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que los demás trabajadores. Cualquiera de las partes podrá dar por finalizado el contrato sin necesidad de preaviso, y el trabajador no podrá recibir ninguna indemnización.
Contrato de Trabajo de Apoyo a los Emprendedores
El contrato será indefinido y a jornada completa. Estará dirigido solamente a las empresas con menos de 50 trabajadores. El contrato tendrá un periodo de prueba de 1 año, no negociable por convenio colectivo. Se podría realizar siempre que la tasa de desempleo esté por debajo del 15%. No se excluirá a ningún colectivo de trabajadores. No se puede realizar el contrato de apoyo a los emprendedores si en los seis meses anteriores a la celebración del contrato se hubiese realizado un despido colectivo por causas objetivas.
Contratos de Duración Determinada
Contrato de Obra o Servicio Determinado
Su finalidad son obras o servicios con autonomía dentro de la actividad normal de la empresa. La duración es de 3 años y se puede ampliar a 4 por convenio colectivo. La indemnización será de 9 días por año trabajado en el año 2012; después aumenta un día por año hasta el 2015, cuando la indemnización será de 12 días por año de servicio. El contrato será por escrito.
Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción
La duración máxima es de 6 meses dentro de un periodo de 12. La indemnización será… /I\..
Formalización por Escrito (para contratos de duración determinada)
El contrato será por escrito cuando su duración exceda los 4 meses o sea a tiempo parcial.
Contrato de Interinidad
Su finalidad es sustituir a los trabajadores con reserva del puesto de trabajo o cubrir temporalmente un puesto durante el proceso de selección. Su duración será el tiempo en el que el trabajador sustituido tenga suspendido el contrato de trabajo. A su finalización, no dará derecho a ninguna indemnización y se hará por escrito.
Contratos Formativos
Contrato en Prácticas
Consiste en contratar jóvenes para adquirir experiencia laboral adecuada al nivel de estudios cursados. Sus requisitos son:
- Título universitario, técnico o superior de la correspondiente profesión o títulos equivalentes.
- Titulaciones obtenidas dentro de los 5 años anteriores a la fecha de contratación.
La duración es entre seis meses y dos años, con un periodo de prueba de dos meses para grado superior y un mes para grado medio, a jornada completa o a tiempo parcial. La retribución el primer año no podrá ser inferior al 60%, o al 75% el segundo año, del salario de un trabajador. La Seguridad Social incluye todas las prestaciones.
Contrato de Trabajo para la Formación y el Aprendizaje
Su finalidad es conseguir la cualificación profesional combinando la actividad laboral retribuida con la actividad formativa recibida en el sistema de formación profesional. Los requisitos son:
- Ser mayor de 16 años y menor de 25 años (el límite máximo de edad no se aplicará a personas con discapacidad).
Como mínimo, su duración será de 1 año y como máximo 3 años. El periodo de prueba sigue la regla general. El tiempo de trabajo efectivo no podrá ser superior al 75% en el primer año o al 85% en el segundo y tercer año. La retribución se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo. La retribución nunca podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional y cotiza por todas las prestaciones de la Seguridad Social.
Contrato a Tiempo Parcial
Su objetivo es posibilitar el trabajo de un mayor número de personas. Puede tener duración indefinida para trabajos fijos y discontinuos.
Horas Extraordinarias
Se pueden realizar en proporción a la jornada pactada, con un límite de 80 horas al año.
Horas Complementarias
Son para contratos indefinidos si se ha pactado su realización. El número máximo de horas será un máximo del 15% de la jornada, pudiéndose ampliar por convenio colectivo al 60%. La retribución será igual a la de las horas ordinarias y proporcional al tiempo trabajado.
Empresas de Trabajo Temporal (ETT)
Una ETT tiene como función prestar o poner a disposición de otra empresa (empresa usuaria), con carácter temporal, a trabajadores para su contratación. La ETT tiene el poder disciplinario y debe pagar un sueldo.
Derechos de los Trabajadores de las ETT
Su seguridad y salud laboral tendrá el mismo nivel y trato que los trabajadores de la empresa usuaria. La vigilancia de la salud la realiza la ETT. El periodo de prueba no podrá exceder de:
- Cuatro meses para los técnicos titulados.
- 45 días para los demás trabajadores.
- 15 días para trabajadores no cualificados.